Cómo funciona la mediación familiar en Chile: cuándo es obligatoria, cuánto demora y qué pasa en la sesión | 智利家事调解如何运作:何时为强制性、需时多久、调解现场会发生什么 — Dahua Legal 大华律师事务所
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智利家事调解如何运作:何时为强制性、需时多久、调解现场会发生什么

Cómo funciona la mediación familiar en Chile: cuándo es obligatoria, cuánto demora y qué pasa en la sesión

贾晴雅 (Shujuan Jia) |

Quieres resolver un tema de pensión de alimentos, de con quién viven los hijos o del régimen de visitas, y descubres que no puedes ir directo al tribunal: primero te exigen pasar por mediación. Es una de las dudas más frecuentes que llegan al estudio. La buena noticia es que la mediación no es una traba burocrática ni un juicio disfrazado: es una instancia acotada, casi siempre gratuita y muchas veces resuelve el conflicto en semanas, sin necesidad de demanda. Aquí te explico, paso a paso y con la ley en la mano, cuándo la mediación es obligatoria, cuándo está prohibida, cómo se vive una sesión, cuánto demora y qué pasa haya o no haya acuerdo.

1. Qué es la mediación familiar (y qué NO es)

La mediación familiar es, según la propia ley, "aquel sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos" (Ley 19.968, art. 103).

Tres ideas conviene tenerlas claras desde el principio:

  • El mediador no es un juez. No decide, no falla ni obliga a nada: su trabajo es ayudar a que ustedes mismos lleguen a un acuerdo.
  • Asistir y acordar es voluntario. Cualquiera de los participantes puede retirarse en cualquier momento y la mediación se termina (art. 105, letra b). La ley obliga a intentar la mediación, no a firmar un acuerdo.
  • Es confidencial. El mediador está amparado por secreto profesional y "nada de lo dicho por cualquiera de los participantes durante el desarrollo de la mediación podrá invocarse en el subsiguiente procedimiento judicial" (art. 105, letra c). Lo que se conversa en mediación no se usa después en tu contra en el juicio.

2. Cuándo es obligatoria y cuándo está prohibida

Desde la reforma de la Ley 20.286 (2008), hay tres materias que obligatoriamente deben pasar por mediación antes de que puedas demandar. El art. 106 lo dice sin rodeos: "Las causas relativas al derecho de alimentos, cuidado personal y al derecho de los padres e hijos e hijas que vivan separados a mantener una relación directa y regular... deberán someterse a un procedimiento de mediación previo a la interposición de la demanda". Esto aplica incluso si el tema surge dentro de un divorcio o una separación judicial.

  • Pensión de alimentos.
  • Cuidado personal de los hijos (con quién viven).
  • Relación directa y regular (el antiguo "régimen de visitas").

Hay una excepción: quedas exento si acreditas que antes ya sometiste el mismo conflicto a mediación con un mediador inscrito, o si ya tienes un acuerdo privado sobre esas materias (art. 106).

Otras materias de familia son de mediación voluntaria: solo van a mediación si ambas partes lo aceptan. Y hay asuntos prohibidos por ley: el estado civil de las personas (salvo casos de la Ley de Matrimonio Civil), la declaración de interdicción, las causas por maltrato de niños, niñas o adolescentes y la adopción (art. 106). Desde 2024, tampoco se someten a mediación —ni siquiera las tres materias obligatorias— los casos en que una parte fue condenada por violencia intrafamiliar, tiene anotaciones en el registro especial de la Ley 20.066, o cuando existe una medida cautelar o de protección vigente entre las partes.

3. Cómo empieza: el mediador y el sistema de centros licitados

Para las materias obligatorias, las partes comunican al tribunal el nombre del mediador que elijan; si no hay acuerdo, el juez lo designa mediante un procedimiento objetivo que reparte la carga de forma equitativa (art. 107). Un dato importante: para esta gestión no se requiere abogado —"para ellas no se requiere patrocinio de abogado" (art. 107)—, aunque siempre es recomendable asesorarte antes de firmar cualquier acuerdo.

La mediación gratuita la prestan los centros de mediación licitados que el Ministerio de Justicia contrata a nivel regional conforme a la ley de compras públicas (art. 114). Solo pueden mediar las personas inscritas en el Registro de Mediadores que mantiene el Ministerio de Justicia a través de las Secretarías Regionales Ministeriales (art. 112). En la práctica, puedes acercarte directamente a un centro de mediación licitado de tu comuna para pedir hora, sin pasar antes por el tribunal.

Si prefieres, también puedes recurrir a tu costa a un mediador privado inscrito en el registro (art. 107).

4. Qué pasa en la sesión de mediación

El mediador fija una sesión inicial y cita a los adultos involucrados, que pueden asistir presencialmente o por videoconferencia, con o sin sus abogados (art. 108). No es un interrogatorio ni un careo: la primera sesión parte con el mediador explicando "la naturaleza y objetivos de la mediación, los principios que la informan y el valor jurídico de los acuerdos a que puedan llegar" (art. 108).

A partir de ahí, el mediador conduce la conversación buscando que las partes construyan sus propios acuerdos, cuidando que estén en igualdad de condiciones y velando siempre por el interés superior del niño (art. 105). Puede citar a las partes juntas o por separado.

Si el caso incluye alimentos, la ley obliga al mediador a informarte en la primera sesión de tu derecho a pedir alimentos provisorios al tribunal en cualquier momento (art. 109), de modo que el niño no quede desprotegido mientras se negocia.

5. Cuánto demora la mediación

La ley pone un límite claro: "El proceso de mediación no podrá durar más de sesenta días, contados desde que se comunica al mediador su designación" (art. 110). Ese plazo se puede ampliar hasta por sesenta días más, pero solo si ambas partes lo piden de común acuerdo.

Dentro de ese plazo pueden hacerse todas las sesiones que el mediador y las partes estimen necesarias (art. 110). La ley no fija un número exacto de sesiones: en la práctica, muchos casos se resuelven en una o dos, y otros requieren varias. Todo depende de la complejidad del conflicto y de la disposición de las partes.

6. Si hay acuerdo: el acta vale como una sentencia

Aquí está la parte que más conviene entender. Si llegan a acuerdo sobre todos o algunos de los puntos, el mediador levanta un acta de mediación que las partes leen y firman (art. 111). Pero el acta no queda ahí: el mediador la remite al tribunal, y una vez que el juez la aprueba "en todo aquello que no fuere contrario a derecho", el acta "tendrá valor de sentencia ejecutoriada" (art. 111).

En términos simples: un acuerdo de mediación aprobado por el juez tiene la misma fuerza que una sentencia. Si después la otra parte no cumple —por ejemplo, no paga la pensión pactada—, no tienes que empezar un juicio de cero: puedes pedir directamente su cumplimiento forzado. Por eso vale la pena tomarse en serio lo que se firma y, idealmente, revisarlo con un abogado antes.

7. Si no hay acuerdo: el certificado de mediación frustrada

La mediación puede fracasar, y la ley lo prevé sin dramatismo. Se entiende que la mediación "se frustra" si alguno de los participantes, citado por dos veces, no concurre a la sesión inicial sin justificar; si asiste pero manifiesta que no quiere seguir; o cuando el mediador se convence de que no se alcanzará acuerdo (art. 111). En los casos de alimentos hay una regla más estricta: basta que el requerido, citado una sola vez, no acuda sin justificarse para que el requirente quede habilitado a demandar (art. 109).

Cuando eso ocurre, el mediador levanta un acta que deja constancia del término de la mediación, "sin agregar otros antecedentes" (art. 111). Ese documento —conocido en la práctica como certificado de mediación frustrada— es tu llave para poder demandar: sin él, el tribunal de familia no admitirá una demanda por alimentos, cuidado personal o relación directa y regular. Con él en mano, y con patrocinio de abogado, ya puedes presentar la demanda.

8. Cuánto cuesta: cuándo la mediación es gratis

Buena noticia para el bolsillo: la ley establece que los servicios de mediación en las tres materias obligatorias —alimentos, cuidado personal y relación directa y regular— "serán gratuitos para las partes" (art. 114). Excepcionalmente puede cobrarse, total o parcialmente, a quienes tengan recursos para financiarlo privadamente, considerando su nivel de ingresos, capacidad de pago y número de personas del grupo familiar (art. 114).

En la práctica, según la información del Ministerio de Justicia (Chile Atiende), el servicio en los centros licitados es gratuito para la gran mayoría de la población: en general acceden sin costo quienes se ubican en los tramos de menores ingresos del Registro Social de Hogares o acreditan ingresos dentro de los topes que define la autoridad; conviene confirmar el criterio vigente al momento de solicitar la hora. Para las materias voluntarias, en cambio, la mediación tiene un costo sujeto a un arancel anual del Ministerio de Justicia, salvo que cuentes con privilegio de pobreza o patrocinio de una corporación de asistencia judicial (art. 114).

En resumen

La mediación familiar no es un obstáculo, es un atajo. Antes de demandar por alimentos, cuidado personal o relación directa y regular, la ley te obliga a intentarla —salvo que ya tengas un acuerdo privado— y está prohibida cuando hay violencia intrafamiliar de por medio. Es voluntaria en cuanto a firmar, confidencial, casi siempre gratuita, no requiere abogado para iniciarla y tiene un plazo máximo de 60 días (prorrogable). Si logras acuerdo, el acta aprobada por el juez vale como una sentencia y se puede hacer cumplir. Si no, el certificado de mediación frustrada te habilita para ir a tribunales. Mi consejo práctico: llega preparado, con claridad sobre lo mínimo que necesitas, y revisa cualquier acuerdo con un abogado antes de firmar, porque después tendrá fuerza de sentencia. En Dahua Legal atendemos en chino mandarín y español, y podemos acompañarte tanto en la preparación de la mediación como en el juicio posterior si no hay acuerdo.

Importante: este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Las normas pueden cambiar con el tiempo; ante tu situación concreta, consulta con un abogado.

您希望处理抚养费、子女由谁照顾或探视安排的问题,却发现无法直接向法院起诉:法律要求您必须先经过调解。这是当事人最常提出的疑问之一。好消息是,调解并非官僚障碍,也不是变相的审判:它是一个范围明确、通常免费的程序,往往能在数周内化解纠纷,而无须提起诉讼。以下,我将依据法律条文,逐步向您说明:家事调解何时为强制性、何时被禁止、一次调解现场如何进行、需时多久,以及无论是否达成协议都会发生什么。

一、什么是家事调解(以及它不是什么)

依据法律,家事调解是指"由一名中立、无裁决权、称为调解员的第三方,协助各方通过协议自行寻求解决冲突及其后果的纠纷解决机制"(第19.968号法律第103条)。

有三点请您从一开始就明确:

  • 调解员不是法官。他不作裁决、不下判决、也不强制任何人:其职责是协助您们自行达成协议。
  • 出席与达成协议均属自愿。任何一方均可随时退出,调解即告终止(第105条第b项)。法律要求的是尝试调解,而非必须签署协议。
  • 调解具有保密性。调解员受职业保密义务保护,且"任何一方在调解过程中所说的内容,均不得在其后的司法程序中援引"(第105条第c项)。您在调解中所谈的内容,日后不会在诉讼中被用来对您不利。

二、何时为强制性、何时被禁止

第20.286号法律(2008年)改革以来,有三类事项在您起诉前必须先经调解。第106条明确规定:"关于抚养费、亲子照顾,以及分居的父母与子女之间维持直接且经常性联系之权利的案件……应在提起诉讼前先经调解程序"。即便该问题是在离婚或司法分居中产生,也同样适用。

  • 抚养费。
  • 子女的亲子照顾(即子女随谁生活)。
  • 直接且经常性联系(即以往的"探视权")。

有一项例外:若您能证明此前已就同一纠纷向已登记的调解员申请过调解,或您就上述事项已达成私下协议,则可免除此要求(第106条)。

其他家事事项属于自愿调解:仅在双方均接受时才进行调解。另有若干事项被法律禁止调解:人的身份状态(《民事婚姻法》所列情形除外)、禁治产宣告、涉及未成年人虐待的案件以及收养(第106条)。自2024年起,若一方曾因家庭暴力被定罪、在第20.066号法律的特别登记簿中有记录,或双方之间存在有效的预防性或保护性措施,则即使是上述三类强制事项,也不得进行调解。

三、如何开始:调解员与政府招标的调解中心制度

对于强制性事项,双方可向法院告知其所选调解员的姓名;若无法达成一致,则由法官依据一项公正、能均衡分配工作量的程序予以指定(第107条)。有一点很重要:办理此事项无须律师——"办理这些事项无须律师代理"(第107条)——尽管在签署任何协议前,仍建议您先行咨询。

免费调解由司法部依据政府采购法在各大区招标签约的调解中心提供(第114条)。仅有在司法部通过各大区部级秘书处所设调解员登记簿中登记的人员,方可担任调解员(第112条)。实务中,您可直接前往所在市镇的招标调解中心申请预约,无须事先经过法院。

如您愿意,也可自费委托登记簿中登记的私人调解员(第107条)。

四、调解现场会发生什么

调解员会安排一次首次会谈,并传唤涉案的成年人,他们可亲自出席或通过视频会议参加,可由律师陪同,亦可不陪同(第108条)。这并非讯问或对质:首次会谈以调解员说明"调解的性质与目标、其所依循的原则,以及各方可能达成之协议的法律效力"开始(第108条)。

自此,调解员引导双方对话,促使各方自行构建协议,并注意保障双方处于平等地位,同时始终维护儿童的最大利益(第105条)。调解员可将双方一同传唤,也可分别传唤。

若案件涉及抚养费,法律要求调解员在首次会谈中告知您有权随时向法院申请临时抚养费(第109条),以免在协商期间子女失去保障。

五、调解需时多久

法律设有明确期限:"调解程序自向调解员通知其指定之日起计算,不得超过六十日"(第110条)。该期限最多可再延长六十日,但须双方共同申请方可。

在此期限内,可举行调解员与各方认为必要的全部会谈(第110条)。法律并未规定确切的会谈次数:实务中,许多案件在一到两次会谈中即告解决,另一些则需数次。这完全取决于纠纷的复杂程度与各方的配合意愿。

六、若达成协议:调解协议书等同于判决

这是最值得您理解的部分。若各方就全部或部分事项达成协议,调解员会制作一份调解协议书,由各方阅读并签署(第111条)。但协议书并不止于此:调解员将其送交法院,一旦法官就"其中一切不违反法律的内容"予以核准,该协议书即"具有已确定判决的效力"(第111条)。

简言之:经法官核准的调解协议,与判决具有同等效力。若日后另一方不履行——例如不支付约定的抚养费——您无须从头提起诉讼,而可直接申请强制执行。正因如此,请您认真对待所签署的内容,并最好在签署前请律师审阅。

七、若未达成协议:调解不成证明

调解可能不成,法律对此已有平实的规定。若任一方经两次传唤仍无正当理由不出席首次会谈;或虽出席但表示不愿继续;或调解员确信无法达成协议,则视为调解"不成"(第111条)。在抚养费案件中另有更严格的规则:只要被申请人经一次传唤即无正当理由不出席,申请人便有权提起诉讼(第109条)。

此时,调解员会制作一份记载调解终止的协议书,"不附加其他材料"(第111条)。该文件——实务中称为调解不成证明——是您得以起诉的钥匙:没有它,家事法院将不受理关于抚养费、亲子照顾或直接且经常性联系的诉讼。持此证明并有律师代理,您即可提起诉讼。

八、费用几何:调解何时免费

对您的钱包而言是个好消息:法律规定,前述三类强制事项——抚养费、亲子照顾及直接且经常性联系——的调解服务"对当事人免费"(第114条)。例外情况下,对有能力自费者,可根据其收入水平、支付能力及家庭成员人数,全部或部分收费(第114条)。

实务中,根据司法部(Chile Atiende)的信息,招标中心的服务对绝大多数民众免费:一般而言,处于家庭社会登记簿较低收入区间者,或能证明收入在主管机关所定上限以内者,均可免费获得服务;具体标准建议在申请预约时再行确认。至于自愿调解事项,则须按司法部年度收费标准付费,但持有贫困证明或由司法援助机构代理者除外(第114条)。

小结

家事调解并非障碍,而是一条捷径。在就抚养费、亲子照顾或直接且经常性联系提起诉讼之前,法律要求您先行尝试调解——除非您已达成私下协议——而在涉及家庭暴力时则禁止调解。就签署协议而言它是自愿的,具有保密性,通常免费,启动时无须律师,且期限最长为六十日(可延长)。若达成协议,经法官核准的协议书即等同于判决,可申请强制执行;若未达成,调解不成证明将使您得以诉诸法院。我的实务建议是:请做好准备,明确您所需的底线,并在签署前请律师审阅任何协议,因为其日后将具有判决效力。华人法律事务所(Dahua Legal)以中文普通话与西班牙语为您服务,无论是调解的准备,还是在未达成协议时的后续诉讼,我们都可陪同协助。

重要提示:本文为一般性信息,不构成针对个案的法律意见。相关规定可能随时间调整,具体情况请咨询专业律师。

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