Negativa injustificada a pruebas de alcohol (art. 195 bis): CS Rol 5672-2025
1. El problema práctico
Conductor fiscalizado: se hace la prueba respiratoria, sale alto el resultado, y en el SAPU o similar rechaza la alcoholemia. ¿Eso basta para condenar también por el art. 195 bis de la Ley de Tránsito (negativa injustificada)?
La pelea es de tipicidad: el tipo habla de negativa a “pruebas respiratorias u otros exámenes científicos” (así lo cita la Corte Suprema; el texto está en la Ley de Tránsito).
2. Hechos del Rol 5672-2025 (sin nombres)
Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago condenó, entre otros, por conducción en estado de ebriedad con daños y lesiones leves (art. 196 en relación con 110) y por negativa injustificada a practicarse examen de alcoholemia (195 bis), hechos de abril de 2024 en Las Condes. Hubo prueba respiratoria con resultado 1,21 g/L y constancia de rechazo de alcoholemia.
La defensa recurrió de nulidad (art. 373 b) del CPP) solo respecto del 195 bis.
3. Ratio de la mayoría
La Segunda Sala (Rol 5.672-2025, 10 de febrero de 2026) razonó que el art. 195 bis usa la disyuntiva “u/o”: basta someterse a una de las pruebas científicas posibles. Quien ya se sometió al intoxilyzer cumplió el mandato; exigir además alcoholemia y castigar su rechazo no está en el tipo del inciso primero del 195 bis en ese supuesto.
Conclusión: aplicación errónea del 195 bis → se acogió la nulidad y se absolvió de esa imputación (manteniendo, en lo no recurrido, la condena por ebriedad con daños/lesiones leves según el marco del fallo).
4. Disidencia y límites de uso
Hubo voto disidente: entendió que la policía puede exigir el o los exámenes idóneos y que la negativa a “algunas” de las pruebas puede bastar. Por tanto, la doctrina no es unánime.
Límites: (1) no legitima negarse a toda prueba; (2) el inciso sobre accidentes con lesiones graves/muerte tiene otra redacción (pruebas evidenciales o exámenes del art. 183) — no lo generalices desde este rol; (3) verifica BCN; (4) anonimiza nombres en comunicación pública. Más contexto: hub CS ebriedad, nulidad, penal.
Consejo de la abogada
Si te condenaron por 195 bis pese a haberte hecho el intoxilyzer, revisa el Rol 5672-2025. No es “pase libre” para negarte a todo. WhatsApp tránsito penal
En resumen
En el Rol 5.672-2025 (10 de febrero de 2026) la Segunda Sala (mayoría) acogió nulidad y absolvió del delito de negativa injustificada del art. 195 bis de la Ley de Tránsito cuando el conductor ya se había sometido a prueba respiratoria (intoxilyzer) y se negó a la alcoholemia: el tipo usa “pruebas respiratorias u otros exámenes” en sentido alternativo, no copulativo. Hubo disidencia. Siempre verifica el texto vigente en BCN (idNorma 1007469) y el supuesto fáctico.
Importante: este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Las normas pueden cambiar con el tiempo; ante tu situación concreta, consulta con un abogado.
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