Prescripción y conducción bajo la influencia del alcohol: Rol 7648-2015 CS
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Artículo Penal

¿Prescribe la conducción bajo la influencia del alcohol? Lo que resolvió la Corte Suprema en el Rol 7648-2015

贾晴雅 (Shujuan Jia) |

1. El problema práctico

Una persona es controlada, se mide alcohol en sangre por debajo del umbral de “ebriedad” pero sobre el de “influencia”, no hay choque, y el Ministerio Público presenta el requerimiento meses después. ¿Sigue viva la acción penal?

Esa fue, en lo esencial, la discusión que llegó a la Corte Suprema en el Rol 7648-2015 (Santiago, 4 de agosto de 2015; RUC 1300916089-7, RIT de garantía 4635-2014, Arica).

2. Hechos que el fallo da por establecidos

Según el considerando tercero del fallo de nulidad: el 19 de septiembre de 2013, cerca de las 05:56 hrs., Carabineros controló un vehículo en Arica; el conductor presentaba signos de influencia del alcohol; se practicó alcohotest y luego alcoholemia (informe 4046/2013) con 0,36 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de la muestra.

El Juzgado de Garantía lo condenó a 2 UTM y suspensión de licencia por tres meses por manejo bajo la influencia del alcohol (arts. 110 y 193 de la Ley 18.290, según el requerimiento). El requerimiento se formuló el 19 de junio de 2014.

3. Qué pedía la defensa y qué dijo la Suprema

La defensa invocó la causal del art. 373 letra b) del Código Procesal Penal: errónea aplicación del derecho al rechazar la prescripción. Argumentó que, sin resultado de lesiones o daños, el art. 193 solo contempla multa y suspensión de licencia, y que ello corresponde a una falta (con apoyo en el art. 21 del Código Penal y en el art. 197 de la Ley de Tránsito, que permite incluso procedimiento monitorio). Por tanto, la acción prescribiría en seis meses (art. 94 del Código Penal).

La Segunda Sala acogió la nulidad y ordenó sentencia de reemplazo. En el considerando sexto afirma, sin ambages, que el hecho requerido es una falta cuando no hay consecuencias dañosas. En el octavo: la acción prescribe en seis meses; entre el 19-09-2013 y el 19-06-2014 el plazo ya había vencido.

4. La sentencia de reemplazo

En el mismo rol, documento de sentencia de reemplazo (id corpus 1238465), la CS absolvió del requerimiento por ser autor de manejo bajo la influencia del alcohol (arts. 110 y 193 Ley de Tránsito), por prescripción de la acción penal.

5. Lectura adversarial: límites del precedente

  • El fallo distingue influencia del alcohol sin resultado de otras hipótesis del art. 193 (lesiones, daños) y del estado de ebriedad (el propio considerando séptimo separa el 193 del 196).
  • La CS se basa en el texto de la Ley 18.290 que cita en 2015. La ley ha sido reformada después; no copies el plazo sin chequear BCN hoy (DFL 1/2007, idNorma 1007469).
  • Un caso con 1,4 g/L, atropello o fuga no es este caso.
  • La nulidad se acogió por error de derecho en la sentencia, no por revalorar el alcohotest.

  Consejo de la abogada

Si el requerimiento llega tarde, la pelea puede ser de plazo, no solo de gramos de alcohol. Pero el reloj y la calificación (falta vs delito, con o sin resultado) hay que medirlos con la ley del día del hecho y del día de hoy. Shujuan Jia (贾晴雅) · 大华. WhatsApp

En resumen

En el Rol 7648-2015 la Corte Suprema (Segunda Sala) acogió la nulidad y, en sentencia de reemplazo, absolvió porque la acción penal por conducción bajo la influencia del alcohol sin daños ni lesiones había prescrito a los seis meses. La ratio: esa figura, en el texto y el supuesto analizado, es falta. No confundir con estado de ebriedad ni con casos con lesiones o muerte.

Importante: este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Las normas pueden cambiar con el tiempo; ante tu situación concreta, consulta con un abogado.

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