Libertad condicional: por qué la niegan aunque cumplas (CS 509-2024)
大华
Jurisprudencia Penal

Cumplió el tiempo y tenía buena conducta, pero le negaron la libertad condicional (Corte Suprema, rol 509-2024)

贾晴雅 (Shujuan Jia) |

  La sentencia que analizamos

Tribunal
Corte Suprema de Chile — Sala SEGUNDA, PENAL
Rol
509-2024
Fecha de la sentencia
8 de enero de 2024
Recurso
(CRIMEN) APELACIÓN AMPARO
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Qué pasó

Tu familiar ya cumplió el tiempo que exige la ley. Nunca tuvo un problema adentro. Incluso lo dejaban salir con permisos. Y aun así le negaron la libertad condicional. Si estás en esa situación, este fallo explica por qué pasa.

Una persona condenada postuló al beneficio. La Comisión de Libertad Condicional se lo negó, por decisión unánime.

El motivo no fue el tiempo ni la conducta. Fue el tercer requisito del artículo 2 del Decreto Ley 321: el informe de postulación psicosocial que hace Gendarmería. Ese informe, de marzo de 2023, decía que el postulante no reconocía haber cometido el delito. Tampoco mostraba conciencia del mal causado con su conducta.

Contra esa negativa se presentó un recurso de amparo. Es el reclamo urgente ante la Corte cuando alguien cree que lo tienen privado de libertad de forma ilegal. Está en el artículo 21 de la Constitución. La Corte de Apelaciones de Temuco lo acogió el 30 de diciembre de 2023. Esa decisión fue apelada y llegó a la Corte Suprema.

Qué se discutió

La pregunta de fondo era simple de plantear y difícil de resolver. ¿Puede la Comisión negar el beneficio cuando el condenado cumple el tiempo y la conducta?

El caso tenía un detalle a favor del postulante. Según el informe que el fallo reproduce, el trabajo psicosocial dentro del penal le había servido. Con eso fue ganando permisos de salida y más contacto con el mundo de afuera. Pero ese mismo informe agregaba algo en contra: no había servido para lograr su rehabilitación.

Quedaba también una pregunta de procedimiento. ¿Es el amparo la vía correcta para pelear una decisión de la Comisión?

Qué decidió la Corte Suprema

El 8 de enero de 2024, la Segunda Sala revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y rechazó el amparo. Traducido: la negativa de la Comisión quedó firme y la persona siguió cumpliendo la condena adentro.

El razonamiento parte del artículo 5 del Decreto Ley 321. Esa norma le permite a la Comisión rechazar el beneficio, pero con una resolución fundada, o sea, explicando sus razones. Y le ordena revisar los requisitos legales con los antecedentes de Gendarmería a la vista.

Con eso encima, la Corte concluyó que la negativa sí estaba fundada, porque se apoyaba en el informe psicosocial. En el fallo lo dice así:

“…el que permite entender, independiente de la satisfacción de los requisitos formales, que debe existir en el beneficiario, un actuar proclive a la reinserción social…”

En simple: cumplir los papeles no alcanza. Tiene que verse una actitud real de reinserción.

Después la Corte cerró el punto del procedimiento. Si la decisión la tomó un organismo competente, dentro de sus facultades y explicando sus razones, el amparo no procede. No sirve para discrepar de una decisión que sí está motivada.

El fallo tuvo dos prevenciones, o sea, dos ministros que llegaron al mismo resultado por caminos propios. Uno sostuvo que los hechos ni siquiera mostraban una privación, perturbación o amenaza a la libertad personal. El otro recordó cuál es el objetivo, según el artículo 1 del Decreto Ley 321. Que el condenado esté rehabilitado para la vida social o muestre avances en su reinserción. Sin una mirada crítica sobre la propia conducta, ese objetivo no se cumple.

La libertad condicional explicada en simple

La libertad condicional no borra la condena. Es terminar de cumplirla fuera del penal, bajo condiciones. Y no la decide el tribunal que condenó, sino una Comisión de Libertad Condicional.

Según cita este fallo, la Ley 21.124 modificó el Decreto Ley 321 y se publicó el 18 de enero de 2019. Para postular exige tres cosas. Haber cumplido el tiempo mínimo de la condena. Haber tenido conducta intachable mientras la cumple. Y contar con un informe de postulación psicosocial, hecho por un equipo del área técnica de Gendarmería. Ese informe orienta sobre el riesgo de reincidencia y las posibilidades de reinsertarse.

Ese informe no es un papel de trámite. La misma norma, según la cita el fallo, dice qué debe contener. Van ahí los antecedentes sociales y las características de personalidad del condenado. Y debe dar cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que causa y del rechazo explícito a esos delitos. Ahí estuvo el filtro que decidió este caso.

Qué te enseña este caso

  • Los requisitos formales no bastan. El tiempo y la conducta te dejan postular. La ley suma un tercer requisito, el informe psicosocial, y ahí la Corte leyó que debe verse un actuar proclive a la reinserción social.
  • El informe psicosocial es la pieza clave. Lo que ahí se diga sobre conciencia del delito y del daño causado puede pesar más que todo lo demás. Se trabaja durante la condena, no la semana antes de postular.
  • Los permisos ya obtenidos no aseguran nada. Aquí el condenado había ido ganando permisos de salida y la Corte igual respaldó el rechazo.
  • El amparo tiene un límite claro. Sirve contra decisiones ilegales o sin fundamento, no contra una que sí explicó sus razones. Distinto es el caso de la prisión preventiva, que se revisa ante el tribunal de la causa.
  • La condena también se litiga cuando ya está dictada. El tiempo que se cuenta, los abonos por arresto domiciliario y la postulación a beneficios son etapas donde una defensa penal atenta marca diferencia.

Hasta dónde llega este fallo

Este fallo no dice que la Comisión pueda rechazar sin explicar por qué. Dice lo contrario: la ley le exige una resolución fundada. Lo que hizo la Corte fue revisar esa fundamentación y encontrarla suficiente, porque se apoyaba en un informe concreto. Cuando el rechazo no está motivado, la discusión es otra, como muestra otro fallo de esta misma serie. Tampoco cierra la puerta a futuro: la negativa se refiere a esa postulación y a los antecedentes de ese momento. Y no tiene relación con la eliminación de antecedentes penales, que es un trámite distinto y posterior.

  Consejo de la abogada

la libertad condicional se prepara durante la condena, no el día de postular. Participar en las intervenciones de Gendarmería y que el informe refleje un cambio real pesa más que cualquier escrito posterior. Si ya te la negaron, revisa con un abogado si la resolución está de verdad fundada antes de decidir qué hacer.

En resumen

En el rol 509-2024, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco y rechazó un amparo contra la negativa de libertad condicional. La razón: la decisión de la Comisión estaba fundada en el informe psicosocial de Gendarmería y, más allá de los requisitos formales, debe existir un actuar proclive a la reinserción social.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos pide la ley para postular a la libertad condicional?

Según cita este fallo, la Ley 21.124 modificó el Decreto Ley 321 y exige tres cosas. Haber cumplido el tiempo mínimo de la condena. Haber tenido conducta intachable mientras la cumple. Y contar con un informe de postulación psicosocial de un equipo del área técnica de Gendarmería, que oriente sobre el riesgo de reincidencia.

¿Me pueden negar la libertad condicional si cumplo el tiempo y tengo buena conducta?

Sí. La ley exige además el informe de postulación psicosocial, que es el tercer requisito del artículo 2 del Decreto Ley 321. Aquí la Comisión estimó que ese requisito no se cumplía, porque el informe no daba cuenta de conciencia del delito ni del mal causado. La Corte Suprema respaldó esa negativa. No es una exigencia inventada por la Comisión.

¿Sirve el recurso de amparo contra el rechazo de la libertad condicional?

Sirve, pero con un límite. La Corte lo explicó así. Si la decisión viene de un organismo competente, dentro de sus facultades y fundada, no se dan los supuestos del artículo 21 de la Constitución. El amparo apunta a decisiones ilegales o sin fundamento, no a cualquier desacuerdo.

¿Los permisos de salida garantizan la libertad condicional?

No. Según el informe que el fallo reproduce, este condenado había ido escalando en permisos y tenía más vínculo con el medio libre. Aun así la Comisión rechazó el beneficio y la Corte Suprema mantuvo esa decisión. Son evaluaciones distintas.

Importante: este artículo explica una sentencia concreta de la Corte Suprema y es información general, no asesoría legal para un caso particular. Cada causa se resuelve con sus propios hechos y prueba, y las normas pueden haber cambiado después de la fecha del fallo. Ante tu situación concreta, consulta con un abogado.

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