Reunificación familiar en Chile: cómo traer a tu familia
Una de las preguntas que más nos llegan en Dahua Legal es esta: ya estoy establecido en Chile, tengo mi residencia o soy chileno, y quiero traer a mi familia. ¿Cómo funciona? La buena noticia es que la Ley 21.325 y su reglamento (DS 177/2022) contemplan expresamente el permiso de residencia temporal por reunificación familiar. Lo que hay que tener claro es quién califica, quién hace el trámite y qué documentos se necesitan.
1. ¿Quiénes pueden venir por reunificación familiar?
El permiso está disponible para los familiares de un chileno o de un extranjero titular de residencia definitiva. No aplica si quien está en Chile solo tiene residencia temporal. Los vínculos que habilitan el permiso son (artículo 12 del DS 177/2022):
- Cónyuge u otra figura análoga que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio (por ejemplo, conviviente civil reconocido).
- Padre o madre del chileno o residente definitivo.
- Hijo menor de edad.
- Hijo con discapacidad (sin límite de edad).
- Hijo soltero menor de 24 años que se encuentre estudiando.
- Menor de edad que se encuentre bajo el cuidado personal o curaduría del chileno o residente definitivo.
El Estado tiene la obligación de promover la protección de la unidad de la familia (artículo 19 de la Ley 21.325). Las solicitudes de niños, niñas y adolescentes se tramitan de manera prioritaria.
2. ¿Quién hace el trámite y cómo?
Aquí hay un punto que genera mucha confusión: la solicitud no la hace el familiar en el extranjero, sino el chileno o residente definitivo que está en Chile. Así lo establece el artículo 16 del DS 177/2022: la solicitud debe ser efectuada por el chileno o residente definitivo con el cual el extranjero tiene el vínculo, a través de la plataforma electrónica del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), usando la clave única del Servicio de Registro Civil e Identificación.
El trámite lo inicia quien está en Chile, no quien está afuera. Eso cambia el orden lógico respecto a lo que muchos esperan.
3. ¿Se puede pedir desde Chile o hay que hacerlo desde afuera?
La regla general del DS 177/2022 es que los permisos de residencia temporal se solicitan desde el extranjero. Sin embargo, el permiso de reunificación familiar es una de las excepciones expresas: también puede solicitarse desde el territorio nacional (artículo 4 del DS 177/2022). Esto es importante porque muchos familiares ya se encuentran en Chile cuando se inicia el trámite.
4. Documentos que se necesitan
El artículo 13 del DS 177/2022 detalla qué acreditar según el tipo de vínculo:
- Cónyuge o figura análoga: certificado de matrimonio o del instrumento civilmente homologable.
- Padre o madre del chileno / residente definitivo: certificado de nacimiento de quien está en Chile, donde conste el vínculo de filiación.
- Hijo menor de edad, con discapacidad o menor de 24 que estudie: certificado de nacimiento del solicitante que acredite el vínculo. Para hijos estudiantes, además, declaración jurada de soltería y certificado de alumno regular de una entidad de educación superior reconocida por el Estado. Para el hijo con discapacidad, documentos oficiales debidamente legalizados o apostillados de la entidad competente del país de origen.
- Menor bajo cuidado personal o curaduría: documentos otorgados por la entidad competente conforme al ordenamiento del Estado que otorgó el cuidado o la curaduría, más autorización expresa del organismo público competente para el viaje del menor hacia Chile.
Todos los documentos extranjeros deben estar apostillados o legalizados, según corresponda, y traducidos al español si están en otro idioma.
5. ¿Se puede trabajar con este permiso?
Sí. El artículo 15 del DS 177/2022 establece que los titulares del permiso de reunificación familiar pueden desempeñar actividades lícitas remuneradas, sin perjuicio de las limitaciones del Código del Trabajo en materia de capacidad para contratar menores de edad. No hace falta tramitar una autorización de trabajo adicional: el permiso ya la incluye. Esto lo diferencia favorablemente de otros permisos más restrictivos. Puedes revisar más sobre permisos de trabajo en Chile en nuestro artículo sobre la guía de visa de trabajo.
6. El camino hacia la residencia definitiva
El permiso de reunificación familiar es temporal, pero abre la puerta a la residencia definitiva. Según el artículo 79 de la Ley 21.325, se puede otorgar la residencia definitiva a quienes hayan residido en el país en calidad de titulares de un permiso de residencia temporal por al menos 24 meses. Ese plazo puede reducirse —pero no a menos de un año— si el extranjero acredita vínculos familiares con nacionales o residentes definitivos, entre otras circunstancias. También puede extenderse hasta 48 meses según ciertos factores reglamentarios.
Importante: mientras se tramita o se prorroga el permiso, mantener vigente el vínculo en que se basa la subcategoría es obligatorio (artículo 14 del DS 177/2022). Y si el vínculo se disuelve —por divorcio, por ejemplo— el familiar en calidad de dependiente puede solicitar un permiso como titular; si no se le concede, tiene seis meses para regularizar o salir del país (artículo 77 de la Ley 21.325).
Si lo que te preocupa es mantener la residencia y evitar una expulsión, te recomendamos también leer nuestro artículo sobre cómo prevenir la expulsión y los recursos disponibles.
En resumen
La reunificación familiar en Chile es un permiso real y específico, con requisitos concretos: el familiar debe tener un vínculo con un chileno o residente definitivo; la solicitud la hace quien está en Chile; puede tramitarse desde el territorio nacional; el permiso habilita para trabajar; y después de al menos 24 meses, se abre el camino a la residencia definitiva. Los detalles documentales —apostillas, traducciones, certificados— son donde más se atasan los trámites, y ahí es donde un abogado especializado marca la diferencia.
Cómo se tramita en la práctica: portal digital, documentos y aranceles
El marco legal ya está claro. Lo que importa ahora es saber cómo entrar al sistema. El trámite se realiza íntegramente por internet, a través del Portal de Trámites Digitales del SERMIG (tramites.serviciomigraciones.cl). El chileno o residente definitivo que inicia la solicitud accede con su ClaveÚnica o con una cuenta creada directamente en la plataforma.
En el portal encontrarás dos flujos distintos según dónde se encuentre el familiar al momento de iniciar el trámite:
- "Solicitud de Residencias Temporales para extranjeros fuera de Chile" — si el familiar aún está en el extranjero.
- "Solicitud de Residencias Temporales para extranjeros dentro de Chile" — si el familiar ya se encuentra en territorio nacional.
El permiso de reunificación familiar es una de las excepciones expresas que habilita el segundo flujo, sin necesidad de que el familiar salga primero del país. La mayoría de los permisos de residencia temporal no tienen esa opción.
Además de los documentos que acreditan el vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, etc., según el tipo de relación descrito en la sección anterior), el familiar solicitante deberá presentar:
- Identificación: pasaporte vigente si está fuera de Chile —el SERMIG exige que sea válido por al menos un año desde la fecha de solicitud— o documento de identidad del país de origen si ya está en Chile.
- Foto reciente: a color, fondo blanco, mirando directamente a la cámara, sin accesorios, en formato JPG o PNG.
- Certificado de antecedentes penales: con una antigüedad máxima de 60 días desde su emisión (para mayores de 18 años). Si es emitido en el extranjero, debe estar apostillado o legalizado.
Formato de los documentos: todos deben subirse en PDF. Los que están en un idioma distinto al español requieren traducción autorizada por un organismo certificado. Los documentos extranjeros deben contar con apostilla o legalización conforme a los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil.
En cuanto al costo: los aranceles del SERMIG varían según la nacionalidad del solicitante. Los montos exactos están publicados en la tabla de aranceles del SERMIG y pueden actualizarse periódicamente; conviene revisarla directamente antes de iniciar el proceso.
Una vez enviada la solicitud, el SERMIG puede requerir que los documentos sigan siendo válidos al momento de la revisión. El estado del trámite puede consultarse en tramites.extranjeria.gob.cl.
Nota: los plazos de resolución y los aranceles exactos pueden variar. Siempre conviene confirmarlos directamente en el sitio oficial del SERMIG o con un abogado especializado antes de iniciar el proceso.
Dahua Legal es un estudio jurídico chileno enfocado en la comunidad china en Chile. La abogada Shujuan Jia lleva más de una década asesorando a la comunidad china en temas de migración y gestiona estos trámites en chino mandarín, sin intermediarios.
Importante: este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular. Las normas pueden cambiar; ante tu situación concreta, consulta con un abogado.
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